Entró en vigencia el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal.

En este Reglamento se incluye la aplicación de incentivos para la atracción de inversiones privadas, tales como la exoneración del impuesto a la renta y el Impuesto a la Salida de Divisas para inversiones en sectores priorizados, en industrias básicas y para las que suscriban contratos de inversión, y la exoneración por reinversión de utilidades.
La generación de empleo dependerá directamente del tamaño de la empresa. Las micro, pequeñas y medianas empresas deberán incrementar su empleo neto permanente durante el período de ejecución de la inversión, mientras que las empresas grandes deberán incrementar su empleo neto en mínimo el 3% de su empleo neto permanente. Las empresas nuevas serán categorizadas luego de generar ingresos y se les exigirá la generación gradual de empleo neto.
En relación al Impuesto a la Renta, los contribuyentes de las empresas existentes deben aplicar la exoneración de manera proporcional al valor de las nuevas inversiones productivas.
Dentro de la exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas, los beneficios aplicarán para los contratos de inversión con el Estado desde el ejercicio fiscal 2018 y el ente rector establecerá el monto máximo de exoneración en importaciones de bienes de capital y materias primas.
Este Reglamento, emitido vía Decreto Ejecutivo, establece reformas a varios Reglamentos y cuerpos normativos precedentes.
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