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Reglamento expedido incorpora nuevas obligaciones para los empleadores en materia de salud ocupacional (SISAT)

Mediante el Acuerdo Ministerial No. 00004-2026, emitido el 12 de junio de 2026, el Ministerio de Salud Pública expidió el Reglamento de los Servicios Integrales de Salud en el Trabajo (SISAT).

Las nuevas obligaciones que incorpora para los empleadores son:

  • Implementar planes y programas de salud en el trabajo; 
  • Destinar los recursos necesarios para el funcionamiento de los SISAT; 
  • Garantizar la realización de evaluaciones médicas y psicológicas ocupacionales sin costo para los trabajadores; 
  • Adaptar los puestos de trabajo cuando las condiciones de salud del trabajador así lo requieran; 
  • Facilitar los procesos de rehabilitación, recuperación y reinserción laboral; y, 
  • Ejecutar programas de promoción de la salud y prevención de enfermedades relacionadas con el trabajo. 

Este reglamento es de cumplimiento obligatorio para todos los empleadores del sector público y privado, así como para los trabajadores, servidores públicos, Fuerzas Armadas, Policía Nacional y afiliados a las entidades de Seguridad Social. 

Los empleadores deberán implementar los Servicios Integrales de Salud en el Trabajo (SISAT), cuya conformación dependerá del número de trabajadores y del nivel de riesgo de la actividad económica.

Cuando dos o más empleadores compartan un mismo centro de trabajo, podrán implementar un SISAT de manera conjunta, manteniendo las obligaciones que les correspondan en materia de salud y seguridad laboral.

Dependiendo de la categoría aplicable, los SISAT deberán contar con profesionales en:

  • Médico especialista en Medicina del Trabajo (formación mínima de 3 años).
  • Médico Ocupacional: médico con título de 4. Nivel en Seguridad y Salud en el trabajo.
  • Licenciado en enfermería o emergencias médicas.
  • Psicólogo/a (profesional de salud mental conforme a la Ley Orgánica de Salud Mental).

 

Los profesionales que integren los SISAT deberán contar con la habilitación para el ejercicio de su profesión otorgada por la Autoridad Sanitaria Nacional, a través de la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS), y registrarse en la plataforma o herramienta que dicha autoridad determine para su control.

Los trabajadores deberán contar con evaluaciones de salud ocupacional en distintas etapas de la relación laboral, incluyendo:

  • Evaluación preocupacional; 
  • Evaluaciones periódicas, al menos una vez al año;
  •  Evaluación de reintegro; y, 
  • Evaluación de retiro.

Como resultado de estas evaluaciones, se emitirá el Certificado de Salud en el Trabajo, documento que no contendrá diagnósticos, enfermedades ni información clínica del trabajador, sino únicamente la conclusión sobre su aptitud para desempeñar sus funciones.

Uno de los cambios más relevantes es la incorporación de la salud mental dentro de la gestión de salud ocupacional. El Reglamento exige la implementación de programas de prevención de riesgos psicosociales y asigna al profesional en psicología funciones relacionadas con la identificación de estos riesgos, el seguimiento de los trabajadores y el desarrollo de programas de salud mental y primeros auxilios psicológicos. 

Los empleadores deberán elaborar y aprobar durante el último trimestre de cada año, un Plan Anual de Salud en el Trabajo, el cual deberá responder a los riesgos propios de la actividad y contemplar, entre otros aspectos:

  • Diagnóstico de la salud de los trabajadores; 
  • Identificación de peligros y evaluación de riesgos; 
  • Programas de salud ocupacional; 
  • Programas de salud mental; 
  • Protocolos para atención de emergencias; y 
  • mecanismos de seguimiento y mejora continua. 

Las empresas de bajo riesgo que cuenten entre uno y veinticuatro trabajadores no estarán obligadas a implementar un SISAT. No obstante, deberán obtener anualmente el Certificado de Salud en el Trabajo y realizar las evaluaciones de salud ocupacional cuando la naturaleza de la actividad o los riesgos existentes así lo exijan. 

Si requiere más información sobre este tema o necesita asesoría para una implementación ágil y directa de las nuevas obligaciones, póngase en contacto con nuestro equipo de profesionales especialistas en la materia, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , quienes están listos para ayudarle.