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Ecuador vuelve al Arbitraje Internacional

La Corte Constitucional lo ha confirmado: Ecuador puede volver a suscribir Tratados Bilaterales de Inversión con cláusulas de arbitraje internacional inversionista–Estado, siempre que se excluyan las controversias contractuales y comerciales de la competencia del tribunal.

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Reformas al Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

Regulan la graduación de sanciones previstas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, destacando:
 
a) Cuando los oferentes proporcionen información o documentación falsa o cuando realicen una declaración errónea dentro de un procedimiento de contratación; y, cuando se detectare vinculación entre proveedores suspendidos y participantes para beneficiarlos, sea plicarán las siguientes sanciones:

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Nueva metodología del SERCOP para sancionar contratistas.

El SERCOP ha emitido una nueva metodología para los procesos sancionatorios seguidos contra oferentes y contratistas por las infracciones administrativas relacionadas con lo siguiente: 

  1. Proporcionar información o documentación falsa, o realizar una declaración errónea dentro de un procedimiento de contratación.
  2. Utilizar el Portal de Contratación Pública para fines distintos de los establecidos en la Ley o su Reglamento General;

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Presentación de información de socios o accionistas extranjeros de las compañías sujetas al control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.

Las compañías sujetas al control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros deberán cumplir, entre el 1 de enero y el 5 de febrero de 2026, con la presentación obligatoria de la información correspondiente a sus socios o accionistas extranjeros.

La documentación exigida por la Superintendencia es la siguiente:

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Compañías deben contar con un protocolo interno para la prevención y atención de casos de discriminación, violencia y acoso laboral.

El Ministerio del Trabajo expidió el Acuerdo Ministerial No. MDT-2025-102, mediante el cual se establece la Norma para la Prevención y Atención a todo caso de Discriminación, Violencia y Acoso Laboral en el Sector PrivadoEste acuerdo establece lineamientos obligatorios para todos
los empleadores y trabajadores del sector privado, sujetos al régimen del Código del Trabajo.

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