Facilidades para adquirir vacunas en Ecuador: reformas al Reglamento de Contratación Pública.
Mediante el Decreto Ejecutivo No. 636, el Presidente de la República reformó el Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP), con el objetivo de garantizar el abastecimiento permanente de vacunas e insumos del Programa Ampliado de Inmunización.
¿Qué cambia con esta reforma?
- El Ministerio de Salud Pública podrá comprar vacunas de manera más ágil, utilizando:
- Compras a proveedores privados que cumplan estándares de calidad.
- Adquisiciones internacionales directas mediante convenios con el Fondo Rotatorio de la OPS/OMS, otros Estados, organismos internacionales o empresas públicas calificadas.
- Se permite adquirir vacunas en insumos o proveedores fuera del mecanismo de la OPS, en caso de escasez o necesidad de tecnología específica, siempre que cumplan estándares de calidad e inocuidad. Esto incluye, por ejemplo, proveedores como laboratorios internacionales, distribuidores privados certificados o fabricantes avalados por agencias regulatorias reconocidas.
- Cuando se compre en el exterior, no será obligatorio cumplir con el trámite de verificación de producción nacional.
- La entidad contratante debe emitir su propia declaratoria de emergencia en contratación pública, sin que sea necesario que la Presidencia o el COE Nacional la hayan declarado previamente.
Si su usted o su entidad pública o privada es proveedor de vacunas, o entidad pública, que requiera asesoría sobre estas reformas, contáctenos por whatsapp o a