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Reformas al Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

Regulan la graduación de sanciones previstas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, destacando:
 
a) Cuando los oferentes proporcionen información o documentación falsa o cuando realicen una declaración errónea dentro de un procedimiento de contratación; y, cuando se detectare vinculación entre proveedores suspendidos y participantes para beneficiarlos, sea plicarán las siguientes sanciones:
 
- Si esto sucede dentro de procedimientos de Subasta Inversa electrónica, se impondrán las siguientes sanciones:
 
NIVEL DE INFRACCIÓN
RANGO DE
REFERENCIA
TIEMPO DE
SANCIÓN
SANCIÓN DE CASO
DE REINCIDENCIA
 
Leve
 
Menor o igual a
$49.854
60 días plazo 
 
181 días plazo
Grave
Entre $49.854,01 y
$119.624
120 días plazo  270 días plazo
Muy Grave
 
Mayor o igual a
$119.624,01
180 días plazo  360 días plazo
 
- Si esto sucede dentro de los procedimientos de régimen común y especial, se impondrán las siguientes sanciones:
 
NIVEL DE INFRACCIÓN
RANGO DE
REFERENCIA
TIEMPO DE
SANCIÓN
SANCIÓN DE CASO
DE REINCIDENCIA
 
Leve
 
Menor o igual a
$72.732
60 días plazo 
 
181 días plazo
Grave
Entre $72.732,01 y
$279.472
120 días plazo  270 días plazo
Muy Grave
 
Mayor o igual a
$279.472,01
180 días plazo  360 días plazo
 
b) Cuando seutilice el Portal de Contratación Públicapara fines distintos de los establecidos en la Ley o su Reglamento General. (LOSNCP.Art. 119 literal b)
 
NIVEL DE INFRACCIÓN
TIPO DE MAL USO DEL
PORTAL DE
CONTRATACIÓN PÚBLICA
(ART. 25 DEL RGLOSNCP)
TIEMPO DE
SANCIÓN
SANCIÓN DE CASO
DE REINCIDENCIA
 
Leve
 
Publicación de información y/o
mensajes no relacionados
60 días plazo 
 
181 días plazo
Grave
Suplantación de Identidad;
Uso de información
privilegiada
120 días plazo  270 días plazo
Muy Grave
 
Acceso no autorizado;
Manipulación de datos;
Interferencia en el
funcionamiento
180 días plazo  360 días plazo
 
c) Cuando se comete actos de deshonestidad durante los procesos de certificación de operadores del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP. Art.119 literal d), se considera una infracción muy grave y se sanciona con la suspensión en el RUP, por el plazo de 180 días.
 
Las reformas al Reglamento General de la LOSNCP también incluyen cambios en los procesos de contratación del Banco Central del Ecuador, especialmente para ampliar el régimen especial aplicable al Banco y contrataciones que tengan excepción al procedimiento de verificación de producción nacional.
 
Fecha de publicación en el Registro Oficial No. 260, Tercer Suplemento: 08 de abril de 2026.
 
Si usted o su empresa requieren asesoría para el entendimiento y aplicación de estas reformas en contratación pública, contáctenos a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , nuestros profesionales especialistas en la materia están listos para atenderlo.